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CERTIFICADO DE CUMPLIMIENTO FISCAL :
  • Presentar Nota de Solicitud en Ingresos Brutos para autorización del trámite.
  • Presentar nota autorizada en Mesa General de Entradas.
  • Adjuntar estampilla de $ 0,50.
  • Estar al día en el pago de los impuestos.
  • Retirar presentando estampilla de $ 5,00 o $ 10,00.
 

Estampilla de $ 10,00 si el certificado es retirado antes de las 24 horas de presentada la solicitud.

Estampilla de $ 5,00 si el certificado es retirado después de las 24 horas de presentada la solicitud.

   

REQUISITOS INDISPENSABLES DE PERSONERÍA:

Toda persona que se presente ante una dependencia de Administración General de Rentas para realizar peticiones o trámites por derecho o interés de un tercero, deberá acreditar la facultad que al respecto posea.
La acreditación a que se refiere el artículo se concretará, según el caso, de la siguiente forma:

    • Con credencial de gestor administrativo.
    • Con credencial de abogado, procurador, escribano o contador.
    • Con credencial de empleado permanente de estudio de los profesionales citados en el inciso anterior, exclusivamente respecto a asuntos del profesional de quien dependa.
    • Con credencial de Martillero o Corredor Público, para los trámites de solicitud de deuda del Impuesto Inmobiliario y copia del Instrumento que lo designa en la causa Judicial del Inmueble en cuestión.
    • Con autorización otorgada por el tercero a favor de quien se actúe, mediante: poder otorgado por escribano público, carta poder con firma certificada, acta administrativa o mediante la suscripción de la “Autorización de representación”
    • Con partida o libreta de matrimonio, respecto a asuntos del cónyuge.
    • Con partida de nacimiento respecto a los asuntos de hijos bajo tutela.
    • Con testimonio de sentencia y designación como curador, respecto a los asuntos de incapaces interdictos
   
   

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Última Actualización: 16.06.2010 8:24 AM